viernes. 29.03.2024

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha acordado el procesamiento del exsecretario general del PSdeG y exconselleiro Manuel Pachi Vázquez como presunto autor de un delito continuado de prevaricación.

 

El caso se sigue contra el dirigente socialista por supuestas irregularidades en 37 contrataciones efectuadas durante su etapa como alcalde de la localidad orensana de O Carballiño, entre los años 1995 y 2005. Por este motivo tendrá que comparecer ante el alto tribunal el próximo 3 de febrero y además abonar 2.000 euros como fianza en previsión de costas.

 

El Tribunal recuerda que tanto la secretaría como la intervención municipal hicieron advertencia de la irregularidad de las contrataciones, pero agrega que el alcalde "continuó contratando con habitualidad al personal en régimen laboral sin un mínimo expediente, sin una mínima acreditación del mérito y de la capacidad de los elegidos y sin publicidad alguna".

 

En el auto, la sala llega a afirmar sobre la práctica de contrataciones irregulares que "tan habitual, metódico, sistemático y uniforme semeja haber sido este comportamiento que, a día de hoy, esta localidad de 14.600 habitantes dispone de unos 130 empleados públicos, pero solo 29 son funcionarios, de los cuales, policías locales son 18 y el resto, unos 100, laborales".

 

Los magistrados recogen, "como máximo exponente de lo expuesto", un decreto de Vázquez de 2004, como alcalde, "en el que sin ningún procedimiento o justificación amparada legítimamente en el ordenamiento jurídico se acuerda sin más reconocer la condición de trabajadores indefinidos a 6 trabajadores que con anterioridad tenían contratos temporales realizados sin ningún procedimiento o amparo legal".

 

También hace hincapié en una resolución de la alcaldía de 2005, "dictada por el ahora procesado, en la que sin ningún procedimiento o justificación amparada legítimamente en el ordenamiento, se acuerda sin más la contratación de 31 trabajadores para todo el período del año 2005 a propuesta del concejal de personal".

 

El auto apunta también que la defensa no ha podido probar que los expedientes administrativos de procesos selectivos, aunque tramitados, hubiesen desaparecido del archivo municipal: "No hay -dice- el mínimo vestigio de sustracción, extravío o destrucción por incendio, inundación o cualquier otra calamidad de fuerza mayor o caso fortuito; pérdida que, por otra parte, habría sido muy selectiva", cuestiona.

 

Asimismo, desmonta el argumento de la defensa de que el procesado desconocía la "injusticia" de las contrataciones, ya que hubo advertencias y no pidió asesoramiento alguno, tiene una cualificación universitaria y "dilatada experiencia en cargos de alta responsabilidad política, municipal, autonómica y de partido" que anulan la falta del elemento subjetivo especial del delito de prevaricación, la "consciencia de la arbitrariedad".

 

La Sala explica en su disposición también que el Ayuntamiento de O Carballiño, personado en la causa, ha de figurar, no como perjudicado, sino como responsable civil por los datos causados a los trabajadores por la actuación del que fue su órgano de representación, el alcalde ahora procesado y responsable civil directo.

 

Dado que no se han solicitado responsabilidades civiles de restitución, reparación o indemnización, las pecuniarias se fijan en las precisas para hacer frente a las eventuales costas procesales, que determina en 2.000 euros. También considera que procede formar la correspondiente pieza separada para sustanciar todas las consecuencias civiles del responsable directo y se señala el día 3 de febrero para recibir la declaración indagatoria a Pachi Vázquez.

 

El TSXG acuerda el procesamiento de Pachi Vázquez por prevaricación