jueves. 28.03.2024

La representación legal de Vendex en la Operación Pokemon ha interpuesto un recurso de reforma ante el Juzgado de Instrucción número uno de Lugo en el que solicita la "nulidad" de "todas aquellas actuaciones efectuadas en el presente procedimiento por los funcionarios de Vigilancia Aduanera".

 

Entre otros argumentos, la representación legal de Vendex argumenta, en un escrito presentado el pasado 13 de febrero y al que EFE ha tenido acceso, que los funcionarios de Vigilancia Aduanera tienen asignadas las funciones específicas de "investigación, persecución y represión de los delitos de contrabando" y, por lo tanto, "no tienen la condición de policía judicial". De hecho, subraya que de las sentencias del Tribunal Supremo puede extraerse como doctrina que "las actuaciones realizadas por funcionarios de la Agencia Tributaria, adscrito a la Dirección de Vigilancia Aduanera, fuera del ámbito de su competencia son procesalmente inválidas".

 

En ese sentido, argumenta como motivo de "nulidad" que "las actuaciones en la presente fase de instrucción" de la Operación Pokemon "nada han tenido que ver con la investigación, persecución y represión de los delitos de contrabando", ni siquiera "con delitos conexos de los anteriores". Por ello, "tales actuaciones", entre las que se incluyen "medidas restrictivas de derechos fundamentales por orden judicial", como "detenciones, entradas, registros, intervenciones de las comunicaciones", no "solamente son nulas por ilegales", sino que son "también radicalmente nulas por vulnerar el principio de proporcionalidad".

 

En la misma línea, sostiene que "la evidente extralimitación competencial de los funcionarios de Vigilancia Aduanera" en este caso "no puede quedar sanada aludiendo al cumplimiento por parte de tales funcionarios de expresas resoluciones judiciales". De hecho, la representación legal de Vendex mantiene que "esas resoluciones" también son "nulas" por "haber atribuido funciones de investigación criminal a quienes legalmente carecían de competencias para realizarlas".

 

Por otra parte, aprecia la "nulidad radical" de la providencia notificada por el mismo juzgado el 10 de febrero de 2015, en la que se ordena a Vigilancia Aduanera que "emita informe sobre las irregularidades en facturación y en pagos en B en relación con el grupo Vendex", que comprenda "el importe de los beneficios obtenidos ilícitamente", como consecuencia de las "adjudicaciones obtenidas presuntamente de forma ilegal". Según la defensa, "conculca el derecho fundamental a la presunción de inocencia y pone en entredicho la necesaria imparcialidad objetiva de la jueza de instrucción en la causa", porque "incluye manifestaciones incriminatorias injustificadas" al afirmar que "la empresa Vendex pagaba en dinero negro sobresueldos a sus empleados" o "emitía facturas falsas".

 

Además, atribuye a los individuos integrantes de Vigilancia Aduanera funciones de carácter pericial, siendo que tales funcionarios no son peritos económicos o contables", además de no garantizar "la imparcialidad" de dicho informe, encomendado a "funcionarios que previamente han participado en las diligencias de investigación". También indica que la identificación del "objeto" de esos informes encargados a los funcionarios de Vigilancia Aduanera "no respeta las exigencias de claridad y determinación". Además de la nulidad, la representación legal de Vendex también solicita que, "dada la trascendencia del primer motivo de impugnación contenido" en el recurso, "se acuerde la suspensión de las actuaciones instructoras hasta que el mismo sea definitivamente resuelto".

 

Vendex pide la nulidad de las actuaciones realizadas por Vigilancia Aduanera