viernes. 19.04.2024

El juzgado contencioso administrativo número 2 de Pontevedra ha anulado el cobro del impuesto de plusvalía por parte del Ayuntamiento a un contribuyente que, en 2016, acreditó haber sufrido pérdidas en la venta de una de sus propiedades, obligando a la administración municipal a devolverle 678 euros. La sentencia apela a un fallo del Tribunal Constitucional que, el pasado 11 de mayo, anuló parcialmente este tributo, de forma que no se debe cobrar este impuesto en las operaciones de transmisión en las que se produzca un incremento negativo del valor mobiliario.

 

El concejal de Régimen Interior, Vicente Legísima, ha anunciado que el gobierno municipal no recurrirá la sentencia y devolverá el dinero al contribuyente afectado. A pesar de esta sentencia, el gobierno municipal mantendrá el cobro de este impuesto a la espera de que el Estado, de quien depende la regulación de este tributo, "haga los deberes de una vez" y apruebe una nueva normativa.

 

"El Gobierno del PP está metido en otras peleas y no ha hecho nada para resolverlo", ha señalado el edil nacionalista. Hasta que se apruebe la norma estatal, el Ayuntamiento de Pontevedra seguirá cobrando el impuesto de plusvalía a todos los contribuyentes pero, ha aclarado Legísima, aquellos que hayan sufrido pérdidas en la venta pueden presentar una reclamación. El interesado deberá aportar toda la documentación que demuestre esta pérdida patrimonial y "si hay base para ello" el Ayuntamiento no procederá al cobro del impuesto

Un Juzgado de Pontevedra anula el cobro de plusvalía a un contribuyente que probó pérdidas