viernes. 19.04.2024
Sentencia | Trabajo

Una sentencia permite limitar la contratación por ETT en convenios colectivos

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha desestimado este jueves la demanda presentada por Asempleo, la patronal del sector de Empresas de Trabajo Temporal, contra el convenio de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de A Coruña por incluir cláusulas que limitan la contratación por ETT, ha informado la CIG.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha desestimado este jueves la demanda presentada por Asempleo, la patronal del sector de Empresas de Trabajo Temporal, contra el convenio de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de A Coruña por incluir cláusulas que limitan la contratación por ETT, ha informado la CIG.

 

En este sentido, la CIG afirma que la sentencia reconoce la legalidad de limitar la contratación por ETT en los convenios colectivos. El sindicato recuerda, en un comunicado, que el TSXG ya había fallado a favor de la CIG al "validar la limitación de contratación mediante este tipo de empresas" en el sector del metal de la provincia de Pontevedra.

 

Asempleo reclamaba, según traslada la CIG, la impugnación del convenio coruñés al incluir en su artículo 35 la limitación de realizar este tipo de contratos y señala que la sentencia reconoce "la falta de legitimación de la ETT" para demandar por ilegalidad los convenios que incluyan estas cláusulas.

 

"Con esta decisión judicial quedan limitadas las posibilidades de impugnación de nuestros convenios por parte de estas asociaciones", sostiene el secretario confederal de Negociación Colectiva de la CIG, Paco Sío. Además, destaca que la sentencia crea un "precedente importante" al desmontar la estrategia de "atacar" convenios que incluyan limitaciones a la ETT.

Una sentencia permite limitar la contratación por ETT en convenios colectivos