viernes. 29.03.2024

Desde el pasado mes de enero de 2016, por orden de El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, las entidades bancarias españolas están obligadas a devolver hasta el último céntimo a los afectados por las cláusulas suelo. Así que durante estos últimos meses muchos afectados se han hecho la misma pregunta, ¿cómo reclamar el dinero de las cláusulas suelo? 

 

Para ello puede ser una buena idea recurrir a abogados de cláusula suelo en Coruña. Así te mantendrás al margen y sólo tendrás que preocuparte de recibir el dinero en tu cuenta unos meses después de reclamarlo.

 

Cabe recordar que éstas eran estipulaciones contractuales que se insertaban en los contratos de préstamos hipotecarios con el objeto de limitar la bajada de los tipos de interés, cuando son variables, hasta un tope fijado en el contrato que suele ser superior al 3%.

 

Es una cláusula que beneficiaba a la entidad bancaria y perjudicaba al particular que había solicitado el préstamo ya que cuando los tipos bajan o el interés es negativo la cláusula impide que se traslade a la cuota mensual. Porque si estás dispuesto a reclamar un dinero que te pertenece lo primero que tienes que tener claro es que tienes todas las de ganar.

 

Principalmente porque la justicia europea así lo ha dictado y los bancos saben que tienen que tener carácter flexible y facilitar todas las condiciones para que ello se produzca. Para recuperar hasta el último céntimo lo tendrás más fácil si nunca demandaste a la entidad.

 

Aquí no hay posibilidad de que haya cosa juzgada, por lo tanto no se aplica en su caso, y tiene derecho a la retroactividad total dictada por la UE. Así que la persona afectada sólo tendrá que acudir a su entidad bancaria y reclamar este dinero. Esto se debe hacer por escrito a través de un formulario y la posterior respuesta del banco tendrá que estar sellada.

 

Así, la entidad financiera tendrá que hacer un cálculo de toda la cantidad del dinero más lo intereses. Si el cliente está de acuerdo con esta cantidad se llegará a un acuerdo en un plazo máximo de tres meses podrá tener el dinero en la cuenta. Pero también puede darse el caso de que o cliente o banco no acepten. Así, el perjudicado puede recurrir a la vía judicial donde tendrá todas las de ganar. Además, incluso el banco tendrá que pagar los costes del juicio. Distinto puede ser el caso de las personas que demandaron a la entidad bancaria con anterioridad.

 

Si el procedimiento aún está en curso también tendrá derecho a llevarse hasta el último céntimo pero sí en su mano ya tienen una sentencia en firme, el Supremo establece que se trata de cosa juzgada y, por tanto, no tiene derecho a la devolución más allá de la fecha de la sentencia. Es decir, no podrá disfrutar de toda la cantidad del dinero. Más dudas hay en lo que concierne a las personas que hayan formado parte de una demanda colectiva ya que la última sentencia del Supremo deja fuera las demandas colectivas.

 

Eso sí, los clientes afectados también tienen que tener claro que los clientes que ya han pagado su hipoteca al completo también tendrán derecho a reclamar.

Cómo recuperar el dinero de las cláusulas suelo