viernes. 29.03.2024

La Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda destinará un total de 296.780 euros a la subsidiación de los intereses de los préstamos que se concedan este año para la rehabilitación de viviendas y de edificios de carácter residencial.

 

Las ayudas, que en la convocatoria de 2020 dispondrán de un 45% más de presupuesto que en la anterior, podrán solicitarse a partir de mañana y hasta el próximo 30 de septiembre a través de la línea de préstamos incluida en el Plan gallego de rehabilitación, alquiler y mejora de acceso a la vivienda (Plan RehaVIta) 2015-2020 y que hoy fue publicada en el DOG.

 

Estas ayudas van dirigidas a las personas físicas que promuevan las actuaciones de rehabilitación, ya sean propietarias o tengan cualquier otro título que acredite la posesión del inmueble.

 

Las comunidades de propietarios también podrán obtener préstamos calificados para la rehabilitación de edificios residenciales, si bien no las ayudas para la subsidiación de los intereses. Igualmente, podrán beneficiarse, a título individual, los miembros de estas comunidades que participen en las actuaciones promovidas, en función de su porcentaje de participación.

 

Para acceder a los préstamos cualificados, los ingresos de la unidad de convivencia del solicitante no podrán ser superiores a 6,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), mientras que para acceder a las ayudas económicas directas, se fija el límite en 5,5 veces el IPREM.

 

La concesión del préstamo por las entidades financieras que han firmado a día de hoy el convenio con el Instituto Galego da Vivenda e Solo -Abanca, Caja Rural Gallega, CaixaBank y Banco Sabadell- podrá ir acompañada de una ayuda de la Xunta consistente en la subsidiación de los intereses de estos préstamos para las personas que cumplan los requisitos previstos, con la excepción de los préstamos solicitados directamente por las comunidades de propietarios.

 

El porcentaje de la subsidiación de los intereses y su duración podrá llegar al 100% durante un máximo de cuatro años, pero dependerá en todo caso del nivel de ingresos de la unidad de convivencia del beneficiario, según se refleja en el siguiente cuadro:

 

cuadro1

 

Los préstamos podrán formalizarse con garantía hipotecaria o personal y estarán exentos de cualquier tipo de comisión. En el caso de préstamos con garantía hipotecaria, el importe máximo será de 60.000 euros, mientras que para los préstamos con garantía personal el límite será de 30.000 euros.

 

En el caso de préstamos solicitados directamente por comunidades de propietarios, la cuantía total concedida no podrá exceder del menor de los siguientes importes: la totalidad del presupuesto protegible o bien 10.000 euros por vivienda integrante de la citada comunidad de propietarios.

 

El plazo de amortización podrá establecerse entre seis meses y 15 años, con un período de carencia inicial de hasta dos años, como máximo. En el caso de préstamos solicitados directamente por comunidades el plazo de amortización será de hasta 10 años.

 

La concesión, en todo caso, estará sujeta a la evaluación de los riesgos por parte de las entidades financieras y para acceder a los mismos, las personas promotoras de las actuaciones de rehabilitación deberán obtener previamente una resolución de acceso a la financiación, que emitirá el Instituto Galego da Vivenda e Solo.

 

Hace falta recordar que en las convocatorias de este programa de los años 2017, 2018 y 2019 se concedieron 68 préstamos en total. El tipo de interés podrá ser fijo o variable, tal como se indica en el siguiente cuadro:

cuadro2

 

 

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