jueves. 18.04.2024

El texto de la primera Ley de espectáculos públicos de Galicia incluirá sanciones de hasta 600.000 euros para los locales que superen la capacidad permitida en los eventos que organicen. El Consejo de la Xunta evaluó este jueves el texto del anteproyecto en el aniversario de la tragedia del Madrid Arena. El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, avanzó que la Ley de espectáculos de Galicia facilitará la labor emprendedora en este campo, estableciendo la comunicación previa como régimen general para poder iniciar una actividad de este tipo; no mermará la seguridad, al blindar los requisitos y deberes de verificación y control para determinados espectáculos públicos; y aumentará la protección de los menores, preservando sus derechos al máximo posible.

“Tratamos de dar respaldo normativo a la multitud de actividades artísticas, culturales y de ocio que se organizan en Galicia; espectáculos públicos y actividades recreativas que requieren de una regulación específica para garantizar la seguridad de las personas. Y, esto exige poner en un primer plano, entre otros aspectos, la protección de los menores, la defensa de los consumidores y usuarios, el respeto por el medio ambiente, el respeto por los animales, la lucha contra actitudes discriminatorias y la conservación de nuestro patrimonio histórico, artístico y cultural. La ley obligará a hacer, vía reglamentaria, un detalle del catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas en la comunidad”, aseveró. Tras la evaluación del anteproyecto de ley en el Consello da Xunta, Feijóo resaltó que la nueva norma cubre un vacío legal del ordenamiento jurídico gallego y pretende facilitar la labor emprendedora también en este ámbito, en coherencia con la Ley del Emprendimiento. No en vano, el texto tiene una clara voluntad simplificadora de los trámites a los interesados, ya que se agiliza el procedimiento y se minimizan las trabas de determinados espectáculos.

El presidente del Ejecutivo gallego incidió, de este modo, en que una de las novedades del texto, en consecuencia, es establecer la comunicación previa como régimen general para la apertura de establecimientos o celebración de espectáculos públicos, en coherencia con la Ley del Emprendimiento. No obstante, afirmó que este aspecto estará compaginado con la seguridad y, en esta línea, subrayó que se mantiene el régimen de autorización o licencia municipal para supuestos que presenten mayor nivel de riesgo, en razón al aforo o a las condiciones técnicas. De este modo, se exige licencia o autorización para la apertura de establecimientos o actividades que se desarrollen en establecimientos públicos con un aforo superior a 500 personas. También serán necesarios permisos previos para la instalación de espectáculos en terrazas al aire libre, para la celebración de espectáculos que requieran la instalación de escenarios y estructuras móviles, para actividades que se desarrollen en más de un ayuntamiento simultáneamente y para la celebración de espectáculos taurinos, entre otros.

Por otra parte, la ley también establece ciertas actividades que quedan exentas de la licencia e incluso de la necesidad de comunicación previa como son: la apertura de establecimientos públicos que son de titularidad del propio ayuntamiento; espectáculos organizados por los ayuntamientos con motivo de fiestas y verbenas populares; y las actividades de interés artístico o cultural con un aforo inferior a 100 personas. En relación a los menores, Feijóo explicó que con el nuevo texto se le da especial relevancia a la protección del menor recogiendo, por ejemplo, los deberes introducidos por la normativa vigente en materia de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en menores de edad; o prohibiendo la entrada de menores de 12 años a espectáculos taurinos. En materia de horarios, la norma parte de la competencia autonómica para la determinación del horario general de los establecimientos y de los espectáculos, que será desarrollado por orden de la Consellería.

A pesar de esto, se reserva la competencia municipal para autorizar ampliaciones o reducciones sobre el horario general en la orden antes mencionada y siempre de manera motivada por el ayuntamiento afectado. El nuevo documento regula, además, las inspecciones, que podrán ser realizadas por los miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad, por los miembros de los departamentos con competencias en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y por los miembros de otros departamentos de la Administración en el ejercicio de sus competencias. En relación a las sanciones, Feijóo resaltó que la competencia para sancionar por infracciones muy graves le corresponderá a la Xunta, mientras que los ayuntamientos serán los responsables de los expedientes sancionadores por infracciones leves y graves cometidas en su territorio.

En caso de que los ayuntamientos no actúen ante las denuncias de los ciudadanos, la Xunta asumirá la incoación, instrucción y resolución de estos procedimientos sancionadores. En esta materia, y a modo de ejemplo, el presidente de la Xunta subrayó que el exceso de aforo de una sala puede llevar una sanción muy grave por un importe de 600.000 euros. Por último, Feijóo afirmó que, con estas novedades, la futura norma seguirá a partir de ahora su tramitación administrativa, con la misma voluntad de consenso con la que fue concebida. No en vano, este texto cuenta con el visto bueno de la Fegamp, de la Federación de Empresarios de Salas de Fiesta, de las asociaciones de bares y cafeterías, de la Confederación Gallega de Asociaciones Vecinales, de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y de la Asociación Gallega de Empresas Musicales. “El objetivo es que esta ley entre en vigor el próximo año 2014”, concluyó el presidente autonómico.

Multas de 600.000 € por exceso de personas