jueves. 18.04.2024

Desde las doce de la noche de mañana viernes las actividades no esenciales quedarán restringidas para el 60 por ciento de la población gallega. Esto supone que cerrarán los bares, cafeterías y restaurantes, excepto para el servicio de comida a domicilio, además de otros establecimientos.

 

Aunque en un principio la hora establecida era las tres de la tarde del viernes, finalmente el decreto y la orden de la Xunta publicados este miércoles con las nuevas restricciones retrasa la entrada en vigor de la mayoría de las medidas hasta la medianoche del 7 de noviembre.

 

Aparte del cierre perimetral de los 60 municipios gallegos en las que la Xunta ha endurecido las restricciones, estas son las principales limitaciones en estos municipios, según la orden de la Consellería de Sanidade publicadas en el Diario Oficial de Galicia (DOG):

 

ESTABLECIMIENTOS QUE DEBEN CERRAR:

- De espectáculos públicos: circos, plazas de toros, recintos feriales

 

 

- De actividades recreativas: los de juego (casinos, salas de juego, salas de bingo y tiendas de apuestas)

 

 

- De actividades deportivas: pistas de patinaje, piscinas recreativas de uso colectivo

 

 

- Para atracciones y juegos recreativos: parques de atracciones y temáticos, parques acuáticos y salones recreativos

 

 

- Para actividades culturales y sociales: salas de conciertos - Para actividades zoológicas, botánicas y geológicas.

 

 

- De ocio y entretenimiento: salas de fiestas, discotecas y pubs, cafés-espectáculo, furanchos, centros de ocio infantil.

 

 

- De restauración: restaurantes, salones de banquetes, cafeterías y bares. Aunque los establecimientos de restauración de centros sanitarios o de trabajo que limiten su actividad a los trabajadores o acompañantes de pacientes, podrán mantener el servicio de cafetería, bar y restaurante, sin superar el 50 por ciento de capacidad. El consumo en el local se podrá realizar solo sentando en mesa, con un máximo de seis personas y todas ellas deberán de ser convivientes.

 

ESTABLECIMIENTOS QUE PUEDEN CONTINUAR ABIERTOS:

- De espectáculos culturales: cines, teatros, auditorios.

 

 

- De espectáculos deportivos: estadios, pabellones, recintos deportivos, gimnasios y piscinas de competición.

 

- Culturales: museos, bibliotecas, salas de conferencias, salas polivalentes.

 

RESTRICCIONES:

- Academias, autoescuelas, centros de educación no reglada: La actividad podrá impartirse de un modo presencial siempre que no se supere una capacidad del 50 por ciento.

 

 

- Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, monumentos y otras infraestructuras culturales: No se podrán realizar actividades culturales en grupo, excepto que sean personas convivientes, excluido el monitor o guía.

 

 

- Cines, teatros, auditorios, y espacios similares: Límite máximo de 30 personas en lugares cerrados y de 75 si son actividades al aire libre.

 

- Actividades e instalaciones deportivas: Al aire libre, se podrá realizar actividad física deportiva no federada al aire libre solo de forma individual o colectiva solo entre convivientes, sin contar con el monitor, y sin contacto físico. En instalaciones y centros deportivos, se podrá realizar actividad deportiva de forma individual, siempre que no se supere el 50 por ciento de capacidad del establecimiento y con medidas de seguridad y distancia interpersonal.

 

 

- Eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas con público: Podrán celebrarse siempre que el público permanezca sentado, no supere el 50 por ciento de la capacidad máxima, y un límite de 30 personas para lugares cerrados y 75 al aire libre.

 

 

- Actividades turísticas: se podrán realizar con guía para grupos de hasta un máximo de seis personas, sean o no convivientes, con las medidas de distancia interpersonal.

 

- Actividades de tiempo libre para la población infantil y juvenil: Se pueden realizar al aire libre, en grupos de hasta seis personas, sean o no convivientes, con un límite del 50 por cieno de la asistencia máxima habitual y un máximo de 50 participantes, incluidos los monitores. En espacios cerrados, el límite será de 25 participantes.

 

 

- Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, y juntas de comunidades de propietarios: Podrán celebrarse siempre que no se supere el cincuenta por ciento de capacidad máxima permitida en el lugar de celebración, con un máximo de 30 personas en lugares cerrados y de 75 al aire libre.

¿Qué cierra o queda restringido para el 60 % de la población gallega?