martes. 19.03.2024

El Juzgado de Instrucción número 1 de Albacete, en funciones de guardia, ha dictado este lunes un auto por el que se ratifica la medida de confinamiento de un edificio de viviendas de la calle Baños, 25, adoptada por la Delegación Provincial de Sanidad en Albacete tras detectarse dos brotes de COVID-19, durante un plazo máximo de 14 días.

 

La intervención judicial en este caso es necesaria puesto que la resolución administrativa limita derechos fundamentales, en este caso la restricción de la libertad de 20 vecinos que habitan en el edificio, tal y como ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en un comunicado.

 

El auto de ratificación de medidas sanitarias urgentes, que también ha sido facilitado a los medios de comunicación, se ha dictado tras recabar informe del Ministerio Fiscal, que no se ha opuesto a la medida, y del médico forense, que estima procedentes las medidas sanitarias urgentes adoptadas por la Delegación de Sanidad en Albacete, y ha considerado razonable un plazo de 14 días de vigencia de las mismas.

 

La resolución judicial recoge en su fundamentación jurídica "abundante normativa estatal y autonómica, así como Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos" y entre las leyes que justifican la decisión de confinamiento del edificio se encuentra la Ley General de Sanidad de 1986; la Ley Orgánica sobre Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, también de 1986, o la Ley sobre derechos y deberes en materia de Salud de Castilla-La Mancha, de 2010.

 

A la vista del informe del médico forense, el auto recoge que la medida acordada por la autoridad sanitaria, que ahora se ha ratificado, persigue un fin constitucionalmente legítimo, esto es, tratar de impedir un pico agudo de infecciones por COVID-19, reducir el riesgo de colapso de los sistemas de salud y proporcionar más tiempo para el desarrollo de un tratamiento o una vacuna.

 

Así, ha defendido que "procede el confinamiento y aislamiento de los vecinos del edificio, con el fin de controlar la transmisión de la enfermedad, así como la adopción de las medidas oportunas para el control de los enfermos y de las personas que hayan estado en contacto con los mismos".

 

La parte dispositiva del Auto, además de ratificar la resolución de la Delegación Provincial de Sanidad en Albacete, establece a qué vecinos en concreto afecta la medida de confinamiento, 20 personas en total, así como la vigencia de la misma que se establece para un plazo máximo de 14 días.

 

El auto ordena también que la autoridad sanitaria remita al juzgado competente comunicación semanal de la evolución de salud de las personas confinadas, mientras dure el aislamiento, y de las razones por la que se mantenga, no siendo necesaria ratificación judicial cuando se alcen las medidas limitativas de libertad. Será la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la que siga tramitando el procedimiento al ser la competente, habiendo actuado el Juzgado de Instrucción número 1 de Albacete por estar de guardia.

 

El auto es susceptible de recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCLM. En este edificio, nueve personas han dado positivo por COVID-19 en dos brotes, y tres contagiados están hospitalizados.

Un juzgado ratifica el confinamiento de un edificio de Albacete con 2 brotes