jueves. 28.03.2024

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la pena impuesta a F.L.G., extesorero del Ayuntamiento de Lousame (A Coruña), condenado a dos años y nueve meses de prisión y a la inhabilitación absoluta durante ocho años por cometer un delito de malversación de caudales públicos. La Audiencia Provincial de A Coruña, de acuerdo con el veredicto del Tribunal de Jurado, le impuso también el abono de una indemnización de 154.565 euros.

 

Los otros dos acusados, la mujer del que fuera tesorero y el que era administrador de una empresa a la que el sentenciado desvió fondos, fueron absueltos de los delitos de malversación de caudales públicos que les imputaban. La sentencia de primera instancia considera acreditado que el condenado, entre los años 2010 y 2012, aprovechó el acceso que tenía a las cuentas bancarias de la Administración local para desviar dinero “en numerosas ocasiones y utilizando diferentes técnicas”.

 

Con la reiteración de esta práctica consiguió apoderarse de 290.564 euros. La magistrada presidenta del Tribunal del Jurado apreció la concurrencia de las circunstancias atenuantes de disminución de los efectos del delito y analógica de confesión. No obstante, los jurados han descartado que el acusado colaborase activamente para obtener pruebas decisivas en la identificación de otros responsables o en el esclarecimiento completo de los hechos delictivos.

 

También han rechazado que el tiempo transcurrido durante la tramitación del procedimiento se considerase una dilación indebida. El imputado solicitó en su recurso ante el TSXG que tuviese en cuenta estas dos últimas circunstancias atenuantes de la condena –confesión y dilaciones indebidas-, pero el Superior ha rechazado sus alegaciones. Así, los magistrados destacan en el fallo que “no identificó las cuentas a las que había transferido el dinero que desvió del Ayuntamiento, no precisó cada una de las operaciones fraudulentas y no cuantificó la cantidad real distraída”.

 

Todo ello, tal y como refleja la sentencia de la Audiencia, “determinó la necesidad de una compleja indagación por parte del personal del Ayuntamiento de Lousame, de una auditoría externa y de una dilatada instrucción en la que hubo de recabar de cada una de las empresas proveedoras del Ayuntamiento su situación en relación con los créditos”.

 

“Tal y como declaró el jurado, no hubo una efectiva colaboración del acusado, lo que descarta de todo punto la aplicación del tipo atenuado del delito de malversación”, subraya el alto tribunal gallego. Además, el TSXG ha rechazado tener en cuenta la atenuante cualificada de confesión porque “el acusado se limitó a reconocer haber distraído dinero de las arcas municipales cuando ya no existía posibilidad de ocultar la infracción ante su inmediato e inevitable descubrimiento”.

TSXG rechaza rebajar la pena al extesorero de Lousame condenado por malversación