viernes. 29.03.2024

La sección primera de la Sala de lo contencioso-administrativo del TSXG ha desestimado el recurso contencioso electoral interpuesto por el PSOE de Monterroso en el que reclamaba que una papeleta de las elecciones municipales del pasado 26 de mayo declarada nula fuese validada a su favor.

 

Los resultados electorales dejaron un empate a votos entre la lista liderada por el exalcalde Antonio Gato Soengas y la que presentaron sus antiguos compañeros del Partido Socialista, pero se le adjudicó provisionalmente un concejal a la candidatura independiente al prevalecer el criterio de mesas ganadas. El Partido Socialista presentó un recurso contencioso administrativo para conseguir que fuese validado ese voto que fue declarado nulo, un único sufragio que sería suficiente para superar el empate técnico, ser la lista más votada y conseguir un concejal más.

 

El TSXG indica que "no resulta procedente el cómputo como válido del voto que fue declarado nulo" porque entre la documentación electoral "no figura ni siquiera la papeleta a la que se refiere el recurrente, y solo se podría considerar existente por lo que han manifestado en la declaración jurada como testigos los miembros de la mesa electoral, lo que entrañaría sustituir la relevancia de la documentación del expediente por la prueba testifical practicada".

 

Los magistrados, además, subrayan que el testimonio de los componentes de la mesa "no coincide con lo que se desprende de los documentos que figuran en el expediente electoral".

 

Así, aseguran que hicieron constar en el acta de la mesa que se introdujo en la urna un voto en sobre azul que contenía la papeleta de la candidatura del PSdeG-PSOE, pero "nada de ello figura en el acta de la sesión de la mesa correspondiente". Los miembros de la mesa también manifiestan que el voto considerado nulo fue incorporado al sobre remitido a la Junta Electoral de Zona, pero la papeleta "no figura entre la documentación que la junta recibió".

 

Los magistrados recalcan que, aunque se diese "por bueno y veraz todo lo dicho por los miembros de la mesa electoral", la Ley Orgánica del Régimen Electoral General es "tajante" a la hora de imponer la invalidez del voto introducido en un sobre diferente al oficial. "Ha de introducirse la papeleta de las elecciones locales en el sobre de las propias elecciones municipales para depositarlo en la urna de dichos comicios, de modo que no es válido el voto si la papeleta se incluye en sobre oficial correspondiente a otro proceso electoral, en este caso de las europeas, aunque se celebre el mismo día", subraya el TSXG.

 

Los magistrados explican en la sentencia que cada proceso electoral es autónomo y destacan que, si se diese validez a la papeleta introducida en un sobre de un proceso electoral distinto, se estaría "propiciando la conculcación de la exigencia del secreto del voto porque llamaría la atención que en la urna en la que todos los sobres son de un determinado color existiese uno de color distinto, resultando perfectamente identificable el votante a quien en la mesa se le permitió tal anomalía".

 

En cuanto a la composición de la corporación local, el partido de Gato Soengas queda con cuatro concejales, por tres de Partido Socialista y Partido Popular y uno de Compromiso por Galicia. Con respecto a las opciones para llegar a pactos, Gato Soengas ha dicho a EFE que "primero hay que constituir el Ayuntamiento, que haya un alcalde elegido y, después, habrá tiempo para hablar sobre las opciones de gobierno". En ese sentido, Gato Soengas recordó que puede haber una coalición, pero "un alcalde también puede gobernar en minoría, con acuerdos puntuales".

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