sábado. 20.04.2024

El Juzgado de primera instancia e instrucción 1 de Caldas ha decretado de nuevo la apertura de juicio oral contra el alcalde del municipio pontevedrés, Juan Manuel Rey (PSOE) tras acordar la nulidad del anterior, dictado el pasado 30 de marzo, informaron fuentes del TSXG.

 

La jueza acepta la causa de nulidad alegada por la defensa del imputado y reconoce que en la resolución no se hacía referencia a los motivos por los que se entendía que concurrían indicios de responsabilidad penal. Sin embargo, de acuerdo con el escrito de conclusiones provisionales presentado por la Fiscalía, decreta de nuevo la apertura de juicio oral tras relatar los hechos que se imputan al alcalde. La jueza se refiere al pago de una multa coercitiva, en septiembre de 2010, de 600 euros con cargo a los fondos públicos del Ayuntamiento.

 

"Los indicios de responsabilidad penal en contra del acusado se desprenden de las diligencias de investigación practicadas en las presentes actuaciones", se indica en la resolución, donde se recuerda que "el imputado siempre admitió la realidad de los pagos efectuados, procediendo a la restitución de las cantidades abonadas con cargo a las arcas municipales". La magistrada entiende que la "cuestión controvertida" de determinar si la actuación del alcalde fue dolosa y si existió o no por su parte control respecto de la actuación del alcalde accidental en lo referente al pago de una de las multas ha de ser dilucidada en el acto de juicio oral.

 

El auto señala como órgano competente para el enjuiciamiento el tribunal del jurado de la Audiencia de Pontevedra. El PSdeG resolvió el pasado 17 de abril permitir a Juan Manuel Rey presentarse a las elecciones del 24-M bajo sus siglas tras la admisión a trámite del recurso que éste presentó para anular las actuaciones judiciales en su contra.

 

Las direcciones federal y nacional del PSOE tomaron esta decisión después de que la Comisión de Garantías estudiase "al detalle" las causas y motivos de la situación judicial de Rey y analizado sus alegaciones. Entonces, el PSdeG argumentó en un comunicado que ante la posibilidad de la nulidad de las actuaciones judiciales y el cierre del plazo para la presentación de candidaturas, aplicó en ese momento su código ético, el cual solo impide la concurrencia en unas listas de toda persona a la que se le abra juicio oral en una causa penal. El PSdeG hacía hincapié en aquel comunicado en que "ningún socialista se sentará en el banco de los acusados" ostentando tal condición.

 

El juzgado dicta un nuevo auto de apertura de juicio contra el alcalde de Caldas