sábado. 20.04.2024

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el juez Indalecio Conde González, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pontevedra, que solicitaba que se anulara la sanción impuesta contra él de un año de suspensión para el ejercicio profesional. La sanción fue impuesta por el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el 29 de enero de 2015 por la comisión de una falta considerada "muy grave" por el artículo 417.9 de la Ley del Poder Judicial. Este artículo castiga la desatención o el retraso "injustificado y reiterado" en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales.

 

Fue la denuncia de varios particulares, afectados por estos retrasos, la que dio inicio al expediente sancionador contra el magistrado pontevedrés. Indalecio Conde González presentó un recurso al entender que el acuerdo del CGPJ era contrario a derecho y que, a pesar de estar ya jubilado, se debía anular para restablecer su honor e imagen, "gravemente dañados" por la imposición de una sanción que se consideraba "ilegal e injusta".

 

El Supremo rechaza esta interpretación en la sentencia que se ha hecho pública hoy. El titular del juzgado de instrucción número 3 de Pontevedra ya tenía abiertos otros dos expedientes por esta misma causa, uno que derivó en una multa de 1.000 euros y otro que se cerró con una sanción de un mes de suspensión, confirmada por el Supremo en 2013. Estos expedientes, según el recurrente, "le ocasionaban un efecto contrario al pretendido porque, lejos de estimularle para que demostrara una mayor diligencia en el cumplimiento de sus deberes, le provocaron un estado de angustia y ansiedad que desembocó en una auténtica situación de bloqueo intelectual".

Suspenden a juez de Pontevedra por retrasos "injustificados"