sábado. 20.04.2024

El Tribunal Supremo ha decidido no refundir las nueve condenas a un varón por delitos perpetrados en la provincia de A Coruña entre 1999 y 2009, según una decisión cuyo contenido ha sido divulgado hoy.

 

La sala de lo penal del Supremo falló el pasado 6 de abril contra el recurso de A.F.B., una persona conocida por su participación en numerosos hechos delictivos entre los que destaca la colaboración en el doble asesinato ocurrido en Aranga en 2008. En total, el procesado tenía nueve condenas de seis meses a dos años de prisión que suman un total de diez años, seis meses y veintitrés días de reclusión por hechos ocurridos entre 1999 y 2009 y sentencias emitidas entre 2002 y 2013.

 

El hombre pedía la "la refundición de condenas" ante el Juzgado de lo penal número seis de A Coruña, que en 2014 desestimó esta petición, por lo que recurrió ante el Tribunal Supremo. Este último consideró que esta refundición "no le favorecería" y, por lo tanto, desestimó el recurso del encausado y dio la razón al Juzgado coruñés.

El Supremo decide no refundir las penas de un hombre con nueve condenas