sábado. 20.04.2024

Dos de los cinco acusados de participar en gestiones para introducir en Galicia cocaína camuflada en biodiésel procedente de Argentina han aceptado hoy una condena de seis y cinco años de cárcel, respectivamente, además de una multa superior a seis millones de euros. La sentencia fue adoptada por la sección sexta de la Audiencia provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, que ha absuelto, además, a los otros tres los procesados.

 

En un principio, la Fiscalía pedía nueve años de cárcel y una multa de 3,5 millones de euros para los cinco acusados, pero tres de ellos, J.C.S.G., M.C.T, y R.G.I, han sido absueltos de los cargos. Sin embargo, ha quedado probado que Miguel Ángel Portas Rossi viajó antes de julio de 2013 a Argentina y, junto con Manuel de la Iglesia Rey, negociaron con personas que tenían una organización capaz de adquirir grandes cantidades de cocaína para su distribución. Asimismo, establecieron contacto con personas con capacidad de establecer procedimientos químicos para disolver esa sustencia en biodiésel y extraerla cuando resultara preciso. Así, los dos adquirieron una cantidad de 57,77 kilogramos de cocaína para su posterior traslado a España para la venta al por menor.

 

Con esta finalidad, revistieron la adquisición mediante un contrato de compraventa de distintos bidones de gran tamaño de biodiésel, uno de los cuales portaría disuelta la cocaína. Los contenedores fueron transportados por vía marítima desde el puerto de Buenos Aires al de Amberes (Bélgica), donde llegaron el 16 de octubre de 2013, y desde allí al de Vigo, al que se dirigieron para gestionar los pagos debidos a la entidad consignataria.

 

Sin embargo, en noviembre de 2013, la Policía Nacional desarticuló esta red, que tenía ya preparadas dos naves industriales para ocultar los 12 recipientes, después de una operación coordinada con la unidad de operaciones especiales antidroga de Argentina. La sentencia, aceptada por los detenidos, fue leída después de un receso de más de dos horas debido a que en el proceso de cuestiones previas, el letrado José María Sánchez Sierra se ha referido a una resolución del 23 de diciembre del 2015 en Argentina en la que se acreditaba que la sustancia hallada en los bidones de biodiésel no era cocaína sino cloruro de cocaína. Según el letrado del acusado principal, se trata pues de "un precursor", y no de una droga tóxica".

Aceptan seis y cinco años de cárcel por gestionar traer droga desde Argentina