sábado. 20.04.2024

Una pareja acusada de usurpación por supuestamente ocupar en 2015 un edificio de tres pisos en el barrio de A Milagrosa de Lugo ha sido absuelta, por decisión del Juzgado de instrucción número dos de Lugo. La sentencia, a la que ha tenido hoy acceso Efe, destaca la “escasa prueba practicada” para demostrar la usurpación, dado que se ciñe a la declaración como testigo de un agente de la Policía Nacional que hizo constar en un atestado que la mujer que vivía en ese inmueble le confirmó que tanto ella como su pareja "residían en esa vivienda en forma de ocupas”.

 

La denuncia formulada por el propietario indica que la pareja ocupó el edificio situado en el número 126 de la calle Camiño Real, una casa con tres pisos y un local en la planta bajo. La sentencia indica que la “petición de prueba se basa en las supuestas manifestaciones autoincriminatorias de la denunciada” frente “al agente de la Policía Nacional que la identificó como ocupante del inmueble”. Precisa, además, que son “manifestaciones espontáneas que no se efectuaron previa información de los derechos que asisten a la denunciada como tal, tratándose de una manifestación de la denunciada que carece de cualquier valor probatorio para una condena penal”.

 

En relación con los informes presentados por los detectives privados contratados por el denunciante, la sentencia constata que “no se propuso su declaración como testigos” en la vista oral, de modo que al no ser “practicada tal prueba”, carece de “valor probatorio” el documento aportado. Asimismo, destaca que no compareció el representante de la entidad denunciante a ratificarse en el acto de la vista en el contenido de sus denuncias y “las únicas pruebas de cargo que pueden ser valoradas con eficacia enervante de la presunción de inocencia son las practicadas en el juicio oral bajo los principios de oralidad, inmediación y contradicción”.

 

El propietario de la casa, Luis España, ha confirmado a Efe que sus abogados presentarán recurso ante la Audiencia Provincial contra la sentencia de absolución de esta pareja. El dueño no oculta su contrariedad por el resultado de la sentencia y opina que lo está sucediendo en su caso es "una vergüenza", porque después de dos años, todavía no ha podido recuperar su propiedad. "Ahora, o recurro a la Audiencia o inicio de nuevo el proceso o dejo que esta gente se quede a vivir ahí toda la vida. Esto es una vergüenza”, dijo Luis España. En ese sentido, se preguntaba quién "va a pagarle el IBI" por el edificio al Ayuntamiento de Lugo o "los gastos de luz y agua". También se preguntaba si la jueza que ha dictado sentencia hubiese tomado la misma decisión y en base a los mismos argumentos "si fuese su casa la ocupada". En la sentencia, a la que EFE ha tenido acceso, la titular del juzgado, Sandra Piñeiro, hace constar que, si bien en la vista oral comparecieron sus representantes legales, ni denunciante ni denunciados estuvieron presentes en el juicio, a pesar de que ambas partes habían sido citadas "en legal forma". La jueza que firma la sentencia hace referencia a la “escasa prueba practicada” para demostrar los hechos, dado que se ciñe a la declaración como testigo de un agente de la Policía Nacional que hizo constar en un atestado que la mujer que vivía en ese inmueble le confirmó que tanto ella como su pareja sentimental “efectivamente” residían “en esa vivienda en forma de ocupas”. La magistrada entiende que la “petición de prueba se basa en las supuestas manifestaciones autoincriminatorias de la denunciada” frente “al agente de la Policía Nacional que la identificó como ocupante del inmueble”.

Absuelven a una pareja acusada de ocupar un edificio en Lugo