jueves. 28.03.2024

El dueño de un club de alterne, un cliente de ese local y un ginecólogo que tenía una clínica sin licencia, se enfrentan a una petición de cuatro años y medio de cárcel por parte del ministerio fiscal por obligar supuestamente a abortar a una joven de 18 años que ejercía la prostitución.

 

El juicio por esta causa, que procede del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, se celebrará esta semana, entre los días 15 y 16 de octubre, en la Audiencia Provincial de Lugo. Los hechos se remontan a principios de 2009, cuando la joven, que ejercía la prostitución en el Club Queens mantuvo relaciones sexuales con uno de los clientes del local, que entonces regentaba José Manuel García Adán, y supuestamente se quedó embarazada de él.

 

Según el relato del ministerio fiscal, entre febrero y marzo de 2009, la joven informó al supuesto padre del niño de su embarazo, así como de su decisión de seguir adelante con la gestación, pero él trató de convencerla para que abortara. Como la mujer “mostró reiteradamente su negativa” a abortar, el supuesto padre se puso en contacto con el propietario del Club Queens y le pidió “que lo ayudara” para forzarla a abortar.

 

El fiscal sostiene que García Adán, “prevaliéndose de su superioridad” sobre la joven y de la situación personal de esta, dado que “tenía 18 años de edad, carecía de familiares en España y de cualquier medio de subsistencia diferente a su actividad en el club”, la conminó a abortar. De hecho, según el escrito de acusación, le dijo que “si no abortaba no podría trabajar en el club, que era imposible que pudiese tener el hijo y que él mismo prepararía todo lo necesario para que acudiese a un ginecólogo amigo” suyo. Y lo hizo, sostiene el fiscal, aún sabiendo “que ella quería continuar con su embarazo”.

 

A causa de “las presiones ejercidas” por García Adán y conocidas por el otro acusado, R.L.L.T., junto con su propia “situación personal” y el “conocimiento” que la joven tenía “de anteriores comportamientos violentos” del dueño del Club Queens, la mujer accedió finalmente a acompañarlo el 6 de abril de 2009 a un clínica ginecológica en la ciudad de Lugo que carecía de licencia para funcionar como tal.

 

Ese mismo día, el ginecólogo acusado, aún sabiendo que muy probablemente la mujer “no habría consentido libremente” la interrupción de la gestación , practicó el aborto “sin usar anestésico alguno”. El fiscal hace constar que García Adán, que la acompañó personalmente a la consulta, sabía que “el local citado no tenía autorización para practicar abortos” y carecía “de los medios sanitarios adecuados”.

 

Además, el aborto fue practicado sin “recabar el consentimiento expreso y por escrito de la mujer gestante”. El supuesto padre de la criatura y el ginecólogo estuvieron en prisión provisional por esta causa, desde el 5 de noviembre hasta el 15 de enero de 2010 el primero y entre el 26 de noviembre de 2009 y el 17 de diciembre de 2009 el segundo. Para el fiscal, los hechos descritos son constitutivos de un delito de aborto y pide para cada uno de los tres acusados una pena de cuatro años y medio de cárcel. Asimismo, para el ginecólogo pide que se prohíba prestar servicio en consultorios públicos o privados durante cuatro años. También solicita que los tres indemnicen a la víctima con 6.000 euros por el daño moral causado.

A juicio los 3 presuntos responsables de obligar a abortar a una joven de 18 años