jueves. 28.03.2024

El fiscal del caso Alvia, Antonio Roma, ha recurrido el auto con el que el instructor de la causa abierta por el accidente de tren del 24 de julio de 2013, Luis Aláez, imputó a once cargos de Adif que estaban en la dirección cuando se puso en funcionamiento la línea entre Santiago y Ourense.

 

Fuentes judiciales han informado de que este recurso se plantea por considerar que no existen elementos para imputar a los miembros del anterior consejo de administración y a ex cargos de Adif las infracciones criminales indicadas en la resolución del magistrado y también por entender "inaplicables" los preceptos penales empleados para "justificar" las citaciones de estas personas como imputadas.

 

El fiscal sostiene que bajo ningún concepto procede hablar de "imprudencia grave" situando al gestor ferroviario como responsable directo de ocasionar 79 homicidios y 148 lesiones y vuelve a apuntar a la excesiva velocidad del tren que cubría el trayecto entre Madrid y Ferrol como principal motivo de la tragedia ferroviaria y, en consecuencia, a la "conducta enormemente imprudente" del maquinista.

 

"La pérdida de atención es tajante y gravísima, se mire desde la óptica que se mire", expone Roma, y añade que la actuación del conductor Francisco José Garzón Amo, que se despistó y no redujo velocidad, "es desencadenante, básica, natural, sustancial y determinante, un curso causal eficiente y sin duda preponderante".

 

La Fiscalía lamenta, por tanto, que a medida que avanza esta instrucción se busquen "elementos con vocación causal" cada vez más alejados de los verdaderos motivos. Antonio Roma ya había pedido el 21 de septiembre del año pasado que se retirasen las imputaciones contra responsables del ente público Adif y tal solicitud fue estimada por la Audiencia Provincial de A Coruña en el mes de noviembre.

 

No obstante el juez, en un auto emitido el 9 de mayo, volvió a imputar a directivos del gestor ferroviario al entender que podrían haber incurrido en un delito contra la seguridad colectiva y ser además hipotéticos partícipes en los de homicidio y lesiones.

 

Luis Aláez opina que los fallos en los sistemas de control y de protección pudieron haber generado "un riesgo intolerable que a la postre se ha traducido en el descarrilamiento de un tren con desastrosas consecuencias".

 

Entre los imputados se encuentra el que fuera presidente de Adif, Antonio González Marín, el entonces director de seguridad en la Circulación, Andrés Cortabitarte, y nueve miembros del consejo de administración, Juan Carlos Cáceres, Mercedes Rodríguez Arranz, Félix Díaz Martínez, Juan Ángel Mairal, Carlos Bartolomé Marín, Javier Hurtado, Carlos María Juárez Colera, Mercedes Caballero y Gerardo Luis Gavilanes.

 

Las declaraciones estaba previsto que comenzasen, si el recurso no prospera, el 22 de este mes, cuando estaba citado Cortabitarte, y que siguiesen los días 23, 26 y 27 y concluyesen el 28, con González Marín. Pero la citación de Cortabitarte, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, se cambió para el 28, al igual que la de Mercedes Caballero se pasó al 26, en ambos casos por otros compromisos anteriores en juzgados "por diferentes causas". El juzgado de instrucción número tres ha acordado esta tarde no acceder a la petición de otros imputados de suspender sus declaraciones por no tener "conocimiento de las actuaciones" y "de los fundamentos de la imputación".

 

El juez, que ha estado recibiendo en las últimas fechas informes periciales que inciden en que no había suficientes medidas de seguridad en la curva de A Grandeira, donde se produjo la tragedia ferroviaria, ya imputó en su día por idénticas razones a directivos de esta compañía pública. Una imputación que levantó el órgano de apelación y que supuso que la instrucción judicial retornase al punto en el que se encontraba a los cuatro días del accidente, con el conductor, -que no redujo la velocidad del convoy-, acusado de homicidio imprudente.

 

Sin embargo, no quedó cerrada la puerta a que se siguiese investigando para comprobar si en ese tramo situado a la altura del barrio compostelano de Angrois, con una reducción drástica de velocidad de 200 a 80 kilómetros por hora, se necesitaban medidas adicionales de seguridad y así quedaba determinado por consenso técnico, puesto que en caso contrario tal apreciación sería "prematura y carente de base suficiente".

 

El juez instructor Luis Aláez, que apura esta investigación puesto que en breve ocupará su nueva plaza en el juzgado de lo penal número uno de la ciudad de Compostela, ha seguido desde un inicio una línea de investigación que apuntaba a una causa múltiple y no únicamente al despiste de una persona que relevó a otro compañero en Ourense, el maquinista imputado Francisco José Garzón Amo, y perdió el control tras atender una llamada del interventor de a bordo, Antonio Martín Marugán.

 

Así, afirma ahora Aláez en este auto que la instalación de la seguridad implantada en la vía en la que se produjo el siniestro para eliminar "el peligro" que representa la curva de A Grandeira "no es la exigible y adecuada con arreglo a las pautas técnicas consolidadas" recogidas en la normativa del sector.

 

En opinión de Aláez, debió protegerse el paso por este tramo con un sistema que supervisase "de modo constante" la velocidad del tren (Ertms) y, de no haberlo hecho, habría que suplir la ausencia de esa instalación con otra que, para mantener el correcto nivel de protección, requería de una innovación o cambio normativo.

 

"La pérdida de atención es tajante y gravísima, se mire desde la óptica que se mire", expone Roma, y añade que la actuación del conductor Francisco José Garzón Amo, que se despistó y no redujo velocidad, "es desencadenante, básica, natural, sustancial y determinante, un curso causal eficiente y sin duda preponderante". La Fiscalía lamenta, por tanto, que a medida que avanza esta instrucción se busquen "elementos con vocación causal" cada vez más alejados de los verdaderos motivos.

 

Antonio Roma ya había pedido el 21 de septiembre del año pasado que se retirasen las imputaciones contra responsables del ente público Adif y tal solicitud fue estimada por la Audiencia Provincial de A Coruña en el mes de noviembre. No obstante el juez, en un auto emitido el 9 de mayo, volvió a imputar a directivos del gestor ferroviario al entender que podrían haber incurrido en un delito contra la seguridad colectiva y ser además hipotéticos partícipes en los de homicidio y lesiones.

 

Luis Aláez opina que los fallos en los sistemas de control y de protección pudieron haber generado "un riesgo intolerable que a la postre se ha traducido en el descarrilamiento de un tren con desastrosas consecuencias". Entre los imputados se encuentra el que fuera presidente de Adif, Antonio González Marín, el entonces director de seguridad en la Circulación, Andrés Cortabitarte, y nueve miembros del consejo de administración, Juan Carlos Cáceres, Mercedes Rodríguez Arranz, Félix Díaz Martínez, Juan Ángel Mairal, Carlos Bartolomé Marín, Javier Hurtado, Carlos María Juárez Colera, Mercedes Caballero y Gerardo Luis Gavilanes.

 

Las declaraciones comenzarán, si el recurso no prospera, el 22 de este mes, cuando está citado Cortabitarte, seguirán los días 23, 26 y 27, y concluirán el 28, con González Marín.

 

El juez, que ha estado recibiendo en las últimas fechas informes periciales que inciden en que no había suficientes medidas de seguridad en la curva de A Grandeira, donde se produjo la tragedia ferroviaria, ya imputó en su día por idénticas razones a directivos de esta compañía pública. Una imputación que levantó el órgano de apelación y que supuso que la instrucción judicial retornase al punto en el que se encontraba a los cuatro días del accidente, con el conductor, -que no redujo la velocidad del convoy-, acusado de homicidio imprudente.

 

Sin embargo, no quedó cerrada la puerta a que se siguiese investigando para comprobar si en ese tramo situado a la altura del barrio compostelano de Angrois, con una reducción drástica de velocidad de 200 a 80 kilómetros por hora, se necesitaban medidas adicionales de seguridad y así quedaba determinado por consenso técnico, puesto que en caso contrario tal apreciación sería "prematura y carente de base suficiente".

 

El juez instructor Luis Aláez, que apura esta investigación puesto que en breve ocupará su nueva plaza en el juzgado de lo penal número uno de la ciudad de Compostela, ha seguido desde un inicio una línea de investigación que apuntaba a una causa múltiple y no únicamente al despiste de una persona que relevó a otro compañero en Ourense, el maquinista imputado Francisco José Garzón Amo, y perdió el control tras atender una llamada del interventor de a bordo, Antonio Martín Marugán.

 

Así, afirma ahora en este auto que la instalación de la seguridad implantada en la vía en la que se produjo el siniestro para eliminar "el peligro" que representa la curva de A Grandeira "no es la exigible y adecuada con arreglo a las pautas técnicas consolidadas" recogidas en la normativa del sector.

 

En opinión de Aláez, debió protegerse el paso por este tramo con un sistema que supervisase "de modo constante" la velocidad del tren (Ertms) y, de no haberlo hecho, habría que suplir la ausencia de esa instalación con otra que, para mantener el correcto nivel de protección, requería de una innovación o cambio normativo.

 

"Como reiteradamente se ha dicho -suscribe Luis Aláez- ni se instaló Ertms hasta después de la curva de A Grandeira ni se suplió su falta por otra instalación de seguridad, adoptándose una solución que constituye una infracción de las normas de seguridad ferroviaria". En el auto se recoge la opinión de los peritos que sostienen que la desconexión del sistema Ertms "parece que ha supuesto degradar la seguridad", al convertir "en ordinaria" una forma de circulación que se prevé lógicamente "extraordinaria" en una línea de alta velocidad.

El fiscal recurre las imputaciones de Adif en la causa del Alvia