viernes. 29.03.2024

La sección quinta de la Audiencia de Pontevedra ha absuelto a J.M.M.M. de un delito continuado de abusos sexuales sobre su sobrino, cuando éste era menor de edad, por el que el fiscal pedía ocho años de cárcel y diez la acusación particular.

 

La discusión se centró en la existencia de consentimiento válido por parte del menor, pues el tribunal considera acreditado que no hubo ningún género de violencia o intimidación para vencer la voluntad del chico, que "habría participado voluntariamente" en las relaciones sexuales que mantuvo con su tío.

 

Fiscal y acusación alegan que los hechos se produjeron entre julio y agosto de 2006, cuando el menor contaba con 12 años, mientras que la defensa centra los encuentros sexuales en 2008 o, en todo caso, en 2007, cuando el chico ya tenía cumplidos 13 años. La sala no ha llegado a "obtener la convicción" de que los encuentros sexuales entre tío y sobrino sucedieron efectivamente en el verano de 2006 al suscitarse "una duda razonable" acerca de si pudieron acaecer en el verano de 2007 "o más probablemente" en el de 2008.

 

Abunda en que esta cuestión "se ha complicado por el tiempo transcurrido" desde los encuentros sexuales y la denuncia de la víctima, en noviembre de 2012, pues ello "suele producir el efecto de distorsionar los recuerdos y dificultar la precisión de los datos temporales".

Absuelto un hombre acusado de abusar de su sobrino